Reforzar la seguridad de los operarios. Ese es el objetivo del Real Decreto 427/2021, de 15 de junio publicado el pasado 16 de junio en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que modifica el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.
Este nuevo Real Decreto consta de un artículo único que actualiza los anexos I y III de la norma anterior. Así, el anexo I incluye en el listado de sustancias, mezclas y procedimientos, dos nuevos apartados que afectan a los trabajos en el taller:
- Trabajos que supongan exposición cutánea a aceites minerales previamente utilizados en motores de combustión interna para lubrificar y refrigerar los elementos móviles del motor. Aquí el Real Decreto establece una posible contribución importante de riesgo por exposición cutánea.
- Trabajos que supongan exposición a emisiones de motores diésel. La normativa establece un valor límite de exposición diaria de 0,05 mg/m3 en fracción respirable. Dicho valor límite se aplicará a partir del 21 de febrero de 2023.
- Otras nuevas inclusiones deben ser valoradas por el servicio de prevención de cada taller, en función de sus características individuales.
Por su parte, el anexo III del Real Decreto incluye nuevos compuestos contaminantes, y determinados valores límite de exposición profesional.
- Tricloroetileno;
- 4,4’-Metilendianilina;
- Epiclorohidrina;
- Dibromuro de etileno;
- Dicloruro de etileno;
- Emisiones de motores diésel cuyo valor límite se aplicará a partir del 21 de febrero de 2023, excepto para la minería subterránea y la construcción de túneles en las que el valor límite se aplicará a partir del 21 de febrero de 2026;
- Mezclas de hidrocarburos aromáticos policíclicos, en particular los que contienen benzo [a]pireno y son agentes cancerígenos.
- Aceites minerales previamente utilizados en motores de combustión interna para lubrificar y refrigerar los elementos móviles del motor.
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El nuevo Real Decreto 427/2021, aumentará el nivel de protección de la salud y la seguridad de operarios en el espacio de trabajo, pues la implantación de valores límite para determinados agentes cancerígenos o mutágenos permitirá reducir los riesgos derivados de estas exposiciones.
No obstante, hasta que los servicios de prevención valoren los riesgos en función la nueva normativa para la aplicación de soluciones, es importante seguir unas recomendaciones en el espacio de trabajo:
- Mantener ventiladas las instalaciones.
- Utilizar equipos de protección personal que protejan de forma eficiente frente a los nuevos riesgos.
- Aportar las hojas de datos de seguridad de los productos utilizados en el taller actualizadas y a disposición de los trabajadores para su consulta.
La adopción de buenas prácticas tanto en el cuidado de las máquinas como en la salud de los operarios es fundamental para que el taller sea más seguro y eficiente.
Contacta con nosotros si necesitas asesoramiento para reforzar la seguridad y eficiencia de tu taller. Estaremos encantados de ayudarte.